PERMANENCIA
La permanencia de los estudiantes de este Máster se regirá por los siguientes criterios:
1. Los estudiantes dispondrán de un número máximo de cuatro convocatorias por asignatura, dos por curso académico (convocatorias de febrero/junio o septiembre/diciembre), siempre que el Programa siga impartiéndose.
A efectos de limitación de convocatorias, únicamente se computarán las convocatorias de las asignaturas calificadas.
2. A fin de exigir a sus estudiantes un rendimiento académico mínimo que pueda garantizar un aprovechamiento razonable, se establece la permanencia máxima de 4 años.
3. Aquellos estudiantes que agoten el número máximo de convocatorias por asignatura o el máximo de años de permanencia, podrán solicitar para continuar cursando los estudios del mismo Máster una convocatoria adicional (de gracia, extraordinaria) antes del día 31 de octubre mediante instancia dirigida al Coordinador, que la elevará ante el órgano de la Universidad competente para resolver sobre dicha petición.
4. Agotadas las convocatorias o años de permanencia, se procederá el cierre del expediente del estudiante en las enseñanzas de este título de Máster, sin perjuicio de que pueda cursar otro título de posgrado.
SUSPENSIÓN DEL TÍTULO
Desde la Escuela Internacional de Posgrado se definen los criterios y procedimiento específico para el caso de una posible extinción del título, los cuales permitan garantizar los derechos del alumnado que curse el título suspendido.
Se trata de un procedimiento común a todos los Títulos Oficiales de Posgrado de la UGR.